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Comentarios ilícitos en páginas web, ¿quién responde?

Alexandra Pereira, autora del blog Lovely Pepa, denuncia en YouTube la existencia de un foro en vogue.es en el que se la insulta desde hace más de 8 años. ¿Qué responsabilidad tiene Vogue.es en este caso?

Para determinar la responsabilidad de los titulares de una página web sobre los comentarios vertidos en ella vulnerando el derecho al honor de otra persona, la clave está en probar si tenían conocimiento de ellos. Comentamos el siguiente ejemplo de una conocida página web, muy similar a lo ocurrido a Lovely Pepa.

Comentarios y opiniones sobre un conocido cantante vertidos en la edición digital de economista.com al comentar la noticia «Los usuarios de Facebook jubilarán virtualmente a Cebollero»: «este tío es un bocazas y un mercenario», «este sarnoso se comerá sus propias mierdas, o sea a ese cerdo o a sus patéticos esbirros, el que verdaderamente es un fascista, este tío es un indeseable, a ver si alguien se anima y lo echa de España por apátrida, lo mejor es darle una hostia cuando lo veas por la calle, el problema de este consumidor de clínicas de estética, su obra musical e intelectual es una mierda, Cebollero me parece un fantasma putrefacto...».

Establece la Ley de Servicios de la Información que los titulares de páginas web no serán responsables por los comentarios de terceros usuarios siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información es ilícita o lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización o, si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.

En este caso, la persona afectada por los comentarios requirió a la editorial para que retirase los comentarios ofensivos e injuriosos de la web; sin embargo, no obtuvo respuesta.

Por este motivo, el Tribunal Supremo estimó que economista.es, como titular de la página web y creadora del foro de debate abierto, debió extremar las precauciones y ejercer un mayor control sobre las opiniones y comentarios alojados, cuyas connotaciones despectivas para el demandante no podían pasarle inadvertidas.

La condena a la web consistió, además de ordenar la retirada de los comentarios ilícitos, en abonar una indemnización a la persona afectada de 10.000.-€.

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