Servicios

¿Tienes depositada la fianza de tu alquiler en la Xunta?

Billetes en forma de casa

«Alquilé un piso y se depositó la fianza en la Xunta, rescindimos el contrato el 31 de enero y siguen sin devolverme la fianza. Quería saber cuáles son los plazos legales de devolución y qué puedo hacer al respecto si no los cumplen».

RESPUESTA. El Decreto 42/2011, de 3 de marzo, por el que se establece el procedimiento para el depósito de las fianzas de los arrendamientos relativos a fincas urbanas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su artículo 14 sobre la devolución de fianzas que «1. Presentada la solicitud de devolución de la fianza depositada, así como la documentación exigida, se procederá a su reintegro mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por la persona solicitante en el plazo máximo de veinte días».

Asimismo, la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé en su artículo 36 que «4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se haya hecho efectiva dicha restitución». Por tanto, entendemos que el plazo de devolución será de un mes desde que haya finalizado el contrato de arrendamiento, fecha a partir de la cual se comenzarán a devengar intereses.

¿Necesitas Asesoramiento Jurídico?

Analizamos tu caso con rigor y honestidad. Contacta con nuestro equipo y recibe una orientación clara sobre tus opciones legales.

group of people walking on pedestrian lane