Para conseguir la denominada Segunda Oportunidad es aconsejable iniciar un procedimiento de Mediación Concursal, dado que se puede conseguir la exoneración del 100% de los créditos comunes, frente al 75% en caso de no hacerlo.
En el caso de deudora persona natural empresaria, deberá acercarse el correspondiente balance junto a la solicitud.
- Presupuestos:
Se considerarán empresarios personas naturales no solamente aquellos que tuvieran tal condición de acuerdo con la legislación mercantil, sino aquellos que ejerzan actividades profesionales o tengan aquella consideración a los efectos de la legislación de la Seguridad Social, así como los trabajadores autónomos.
No podrán formular solicitud para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos:
1.º Quién fuera condenados en sentencia firme por delito contra el patrimonio, contra la orden socioeconómica, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores a la declaración de concurso.
2.º Las personas que, dentro de los cinco últimos años, alcanzaran un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, obtuvieran la homologación judicial de un acuerdo de refinanciación o fueran declaradas en concurso de acreedores.
Si el deudor fuere persona casada, salvo que se encuentre en régimen de separación de bienes, indicará la identidad del cónyuge, con expresión del régimen económico del matrimonio, y se estuviera legalmente obligado a la levanza de contabilidad, acompañará asimismo las cuentas anuales correspondientes a los tres últimos ejercicios